Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Noreste

Integrantes de la Comisión: Ángel A. Matos García Presidente Deborah Soto Arroyo Vice-presidenta Héctor E. Ferrer Santiago Secretario Jesús M. Ortiz González Ángel Bulerín Ramos Descripción: La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Noreste tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Trujillo Alto, Carolina, […]
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Comisión para la Preparación, Reconstrucción y Reorganización ante una Emergencia

La Comisión para la Preparación, Reconstrucción y Reorganización ante una Emergencia tendrá jurisdicción sobre los recursos públicos y privados con los que cuenta el Gobierno de Puerto Rico para estar preparados para responder adecuadamente ante la posibilidad real y permanente de sufrir huracanes, terremotos u otros desastres naturales en Puerto Rico; evaluar los planes de emergencia de cada una de las agencias, departamentos, instrumentalidades y municipios del Gobierno de Puerto Rico para enfrentar huracanes terremotos u otros desastres naturales; verificar las normas y procedimientos administrativos existentes para la coordinación interagencial de respuesta rápida y eficiente ante estas emergencias, para poder garantizar la vida, salud, seguridad y continuidad de los servicios gubernamentales adecuados para nuestra sociedad; preparar y analizar cualquier legislación que sea necesaria para la reconstrucción y reorganización del gobierno ante una emergencia como alternativa para lograr alcanzar la prestación de servicios de forma más eficiente para los habitantes de Puerto Rico; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Recreación y Deportes

La Comisión de Recreación y Deportes tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la formulación de la política pública que fomente el deporte como elemento esencial de nuestra vida y desarrollo social; el fortalecimiento de los programas de educación física en las escuelas públicas; las facilidades físicas y deportivas, la educación física y el recreo y los deportes en general; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Seguridad Pública, Ciencia y Tecnología

La Comisión de Seguridad Pública, Ciencia y Tecnología tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la seguridad y el orden público; el fortalecimiento de los esfuerzos gubernamentales de ley y orden contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas; el Departamento de Justicia, el Negociado de la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Instituto de Ciencias Forenses y los componentes de esas entidades; lo concerniente a las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, los cuerpos de seguridad federales, tales como el U.S. Department of Homeland Security, el Federal Bureau of Investigations y el National Security Administration, y estatales como los distintos cuerpos policiales de los distintos estados, entre otros; toda legislación dirigida a controlar y disminuir la delincuencia y controlar y prevenir el crimen; las asignaciones de fondos y recursos para programas de seguridad pública y otros que puedan tener impacto directo en la prevención de la criminalidad; sobre la formulación de política pública por vía de legislación que garantice la máxima seguridad física para los residentes urbanos y rurales; los planes, programación, obra pública, organización y prestación de los servicios ordenados por ley a la Guardia Nacional de Puerto Rico, al Negociado del Cuerpo de Bomberos, al Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico, y a aquellas otras agencias gubernamentales que promuevan la seguridad civil en casos de emergencia. La Comisión además tendrá jurisdicción sobre toda medida relacionada a la promoción de las ciencias y la tecnología, las investigaciones científicas, el desarrollo de aplicaciones y tecnologías emergentes, la industria aeronáutica y aeroespacial, la industria de la inteligencia artificial, la biotecnología y la innovación tecnológica para beneficio del país y su impacto sobre la seguridad; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Relaciones Federales, Internacionales, Estatus y Veterano

La Comisión de Relaciones Federales, Internacionales, Estatus y Veterano tendrá jurisdicción sobre todo asunto concerniente a las relaciones entre el Gobierno de Puerto Rico, el gobierno federal y los estados de los Estados Unidos de América y sus subdivisiones políticas; a los acuerdos y contratos intergubernamentales; con la participación de Puerto Rico y de la Cámara de Representantes en organizaciones públicas y privadas de carácter intergubernamental; al estudio de planes, organización y prestación de servicios ordenados por la “Ley de la Administración de Asuntos Federales”, así como a todas las oficinas y actividades de las instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico que se desarrollen fuera de Puerto Rico; a los servicios y el trato que prestan las agencias federales que operan en la Isla o que tienen jurisdicción sobre la prestación de esos servicios a residentes de Puerto Rico con excepción de los dispuestos bajo la jurisdicción de la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos; a propuestas a agencias o entidades federales o internacionales para el establecimiento de programas o proyectos en la Isla con excepción de los dispuestos bajo la jurisdicción de la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos. La Comisión coordinará y será la encargada de tramitar cualquier gestión fuera de Puerto Rico con las agencias federales, la Casa Blanca y el Congreso de los Estados Unidos de América relacionado a los asuntos bajo su jurisdicción. Esta Comisión tendrá jurisdicción exclusiva en la legislación respecto a la relación política entre Puerto Rico y Estados Unidos, y la celebración de consultas, convenciones de estatus, plebiscitos y referéndums sobre el estatus político de Puerto Rico. La Comisión además evaluará legislación sobre agencias o entidades federales o internacionales para el establecimiento de programas o proyectos en la Isla a los veteranos y veteranas; a los derechos que le corresponden por ley a los veteranos y veteranas, incluyendo pero sin limitarse a, todo lo concerniente al empleo, la educación, el trabajo, la salud y la vivienda; a los esfuerzos gubernamentales o cívicos dirigidos a atacar aquellos problemas que afectan a los veteranos y veteranas; a la Oficina del Procurador del Veterano; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Recursos Naturales, Asuntos Ambientales y Reciclaje

La Comisión de Recursos Naturales, Asuntos Ambientales y Reciclaje tendrá jurisdicción, sobre todo asunto relacionado con los estudios, investigaciones y recomendaciones legislativas para la política pública en cuanto a lo relacionado a la preservación, la utilización y el riego de los terrenos, el control de las inundaciones, la preservación y el uso de las reservas de agua, de los manglares, reservas forestales, la pesquería, la vida silvestre, los yacimientos mineros y su uso responsable y la conservación de las especies animales y vegetales de mayor importancia o en peligro de extinción; lo relacionado a la contaminación ambiental, disposición de desperdicios sólidos, incluyendo el reciclaje y vertederos; los estudios e investigaciones que permitan la formulación de política pública sobre la calidad ambiental, incluyendo el saneamiento de los terrenos, del agua y del aire para asegurar la máxima calidad de vida, el control de las emisiones al aire, las descargas en el agua y sobre los terrenos, el manejo de los desperdicios, y el control y la degradación de los desperdicios tóxicos para que no sean dañinos a la vida animal y vegetal, entre otros; el estudio concerniente a las determinaciones específicas sobre mejoras permanentes y permisos de construcción y de uso de terrenos que ameriten estudios de impacto ambiental, en consideración a los reglamentos, mapas o planos existentes, conservación, fomento y aprovechamiento de recursos forestales, pesquería y vida silvestre, yacimientos mineros y arqueológicos y la calidad del medioambiente en general; el calentamiento global y sus efectos, especialmente en las costas, infraestructura, ecosistemas, desarrollo y seguridad pública; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de esta.
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Comisión de Pequeños y Medianos Negocios y Permisología

La Comisión de Pequeños y Medianos Negocios y Permisología tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con programas, planes y proyectos estratégicos afines con el desarrollo y promoción económica y financiera de los pequeños y medianos negocios; realizará estudios e investigaciones y recomendará la aprobación de medidas que propendan a la promoción y progreso de los pequeños y medianos comercios, incluyendo procurar la asistencia técnica y adiestramiento; el intercambio comercial de los pequeños y medianos negocios; el mercadeo local y su competencia; los incentivos y financiamiento de los pequeños y medianos negocios; el intercambio y competencia comercial local de los pequeños y medianos negocios, interestatal o con otras jurisdicciones fuera de Estados Unidos; revisará los aspectos relacionados a la permisología gubernamental y como afecta a aquellos asuntos de la industria y el comercio en general de los pequeños y medianos negocios; realizará estudios e investigaciones y recomendará la aprobación de medidas que propendan a la promoción y desarrollo del comercio de los pequeños y medianos negocios; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Noroeste

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Noreste tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Trujillo Alto, Carolina, Loíza, Canóvanas, Río Grande, Luquillo, Fajardo, Ceiba, Vieques y Culebra; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias y corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de Trujillo Alto, Carolina, Loíza, Canóvanas, Río Grande, Luquillo, Fajardo, Ceiba, Vieques y Culebra; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a la población bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Este

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Este tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de San Lorenzo, Juncos, Las Piedras, Humacao y Naguabo; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias y corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de San Lorenzo, Juncos, Las Piedras, Humacao y Naguabo; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a la población bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Sureste

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Sureste tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Cidra, Cayey, Guayama, Caguas, Gurabo, Arroyo, Patillas, Maunabo y Yabucoa; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de Cidra, Cayey, Guayama, Caguas, Gurabo, Arroyo, Patillas, Maunabo y Yabucoa; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Sur Central

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Sur Central tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Villalba, Juana Díaz, Coamo, Santa Isabel, Barranquitas, Aibonito y Salinas; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias y corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de Villalba, Juana Díaz, Coamo, Santa Isabel, Barranquitas, Aibonito y Salinas; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a la población bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Suroeste

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Suroeste tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Guánica, Yauco, Guayanilla, Peñuelas, Ponce, Jayuya, Adjuntas, Utuado y Lares; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias y corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de Guánica, Yauco, Guayanilla, Peñuelas, Ponce, Jayuya, Adjuntas, Utuado y Lares; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a la población bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Oeste

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Oeste tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Aguadilla, Isabela, Rincón, Aguada, Moca, San Sebastián, Añasco, Las Marías, Mayagüez, Maricao, San Germán, Cabo Rojo, Sabana Grande, Lajas, Hormigueros y Quebradillas; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias y corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afecten a los municipios de Aguadilla, Isabela, Rincón, Aguada, Moca, San Sebastián, Añasco, Las Marías, Mayagüez, Maricao, San Germán, Cabo Rojo, Sabana Grande, Lajas, Hormigueros y Quebradillas; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a la población de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a la población bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Norte

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Norte tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Barceloneta, Manatí, Vega Baja, Vega Alta, Dorado, Toa Baja, Toa Alta, Naranjito, Comerío, Corozal, Morovis, Orocovis, Ciales y Florida; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de Barceloneta, Manatí, Vega Baja, Vega Alta, Dorado, Toa Baja, Toa Alta, Naranjito, Comerío, Corozal, Morovis, Orocovis, Ciales y Florida; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a las poblaciones de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Ciudad Capital, Aguas Buenas, Bayamón, Cataño y Guaynabo

La Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Ciudad Capital, Aguas Buenas, Bayamón, Cataño y Guaynabo tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de San Juan, Aguas Buenas, Bayamón, Cataño y Guaynabo; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía; y tendrá jurisdicción sobre la Autoridad del Distrito de Convenciones de Puerto Rico. De igual manera, trabajará en coordinación con la Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos, compartiendo jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a los municipios de San Juan, Aguas Buenas, Bayamón, Cataño y Guaynabo; cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a las poblaciones de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos

La Comisión de Fiscalización de Fondos Públicos tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado la investigación y rendición de cuentas sobre todas las asignaciones de fondos estatales y federales de impacto a nivel de todo Puerto Rico asignados a las agencias, corporaciones públicas y municipios o cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que operan programas con fondos federales; desarrollar y coordinar con las comisiones las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso de estos programas y fondos entre el gobierno federal, central, las corporaciones públicas y los municipios. La Comisión coordinará y será la encargada de tramitar, para sí o para cualquiera de las Comisiones para el Desarrollo y Fiscalización de Fondos Públicos, que mediante esta Resolución o que por enmiendas posteriores sean creadas, las informaciones y requerimientos de trámites administrativos ante las agencias estatales a nivel central.
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Comisión sobre los Derechos del Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros

La Comisión sobre los Derechos del Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la fijación de precios, alquileres, tarifas y calidad de productos incluyendo todo lo relacionado a la venta de libros de texto escolares y el pago de matrícula y mensualidades de los colegios privados a todo los niveles escolares; aspectos relacionados a ventas a plazos, financiamiento y crédito que afecten al consumidor incluyendo ante agencias, corporaciones públicas e instrumentalidades del gobierno que brinden servicios directos ante la ciudadanía; las garantías sobre productos y servicios, pesas y medidas, prácticas engañosas, anuncios y publicidad, servicios y educación al consumidor; el análisis y revisión de toda legislación concerniente a los asuntos del consumidor; la industria bancaria, el análisis de toda legislación sobre asuntos bancarios, instituciones prestatarias de inversión y financieras, tanto locales como federales e internacionales, así como todo lo relacionado a los seguros, incluyendo el Código de Seguros, salvo lo relacionado a las cooperativas de ahorro y crédito; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Impacto Comunitario

La Comisión de Impacto Comunitario tendrá jurisdicción sobre todo el desarrollo socioeconómico dentro de las comunidades; la investigación, coordinación y promoción de los servicios esenciales y desarrollo de programas recreativos que las afecte y a su entorno; investigar la pobreza y los mecanismos y herramientas para controvertirla; inspeccionar aquellos servicios integrales para todos los sectores dentro de la comunidad; acceso a servicios legales, educación comunitaria, desarrollo de liderazgo y organización comunitaria para la crisis alimentaria; desarrollar iniciativas para erradicar la trata humana dentro de las comunidades; capacitación laboral; acceso a servicios gubernamentales dentro de las comunidades del país; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Ética

La Comisión de Ética tendrá jurisdicción sobre todo lo concerniente a la reglamentación de la conducta de los miembros, funcionarios y jefes de dependencias de la Cámara de Representantes y su cumplimiento con la normativa ética y legal que rige a la Cámara de Representantes en particular y al servicio público en general; así como jurisdicción exclusiva para tomar conocimiento, investigar, tramitar bajo el debido proceso, informar a la Cámara de Representantes de sus hallazgos y conclusiones, y recomendar acciones a tomarse en cualquier caso en que la conducta de un miembro, funcionario o jefe de dependencia de la Cámara de Representantes pudiere incurrir en violación de ley o infracción del Código de Ética de la Cámara de Representantes. Esta Comisión no intervendrá, ni emitirá opiniones treinta (30) días antes de una elección general. Esta Comisión no tendrá miembros ex oficio.
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Comisión de Turismo y Cooperativismo

La Comisión de Turismo y Cooperativismo tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la promoción y fomento de la industria del turismo como parte esencial del crecimiento económico de Puerto Rico; la investigación y los estudios que permitan definir, implementar, dirigir y enfocar la política gubernamental sobre el turismo; el manejo, funcionamiento y conservación de los hoteles, paradores y otras facilidades turísticas; los servicios y atractivos turísticos; las escuelas hoteleras y el sector laboral de la industria turística; los juegos de azar, los cruceros, las zonas costeras y portuarias, el turismo gastronómico, médico, de lujo, deportivo, el ecoturismo, el turismo grupal; las entidades gubernamentales y privadas relacionadas con el turismo; el fortalecimiento y la expansión de la industria turística en general. De igual manera, tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con las medidas dirigidas a la promoción, organización, supervisión, inspección, reorganización y disolución de cooperativas; el movimiento cooperativista en sus distintas dimensiones, tales como consumo, ahorro, crédito, financiamiento, producción, vivienda y de cualesquiera otra naturaleza, pero dentro de la filosofía cooperativista, incluyendo a su vez estudios y evaluación de problemas y situaciones que afecten en una forma u otra la estabilidad, desarrollo, progreso y bienestar del cooperativismo; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores

La Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo del funcionamiento y la supervisión de servicios de bienestar social a individuos, familias y comunidades, específicamente de poblaciones especiales tales como los adultos mayores y comunidades marginadas, con el propósito de implantar la política pública que garantice los servicios que requieren estas poblaciones; los beneficios de asistencia económica, rehabilitación física, económica y emocional; la asistencia nutricional y provisión de alimentos; las facilidades de amas de llaves; los centros de cuidado; las instituciones para la atención y rehabilitación de niños con problemas sociales; medidas para combatir el maltrato infantil así como los sistemas de seguridad social; los servicios enfocados a una mejor calidad de vida. De igual forma, tendrá jurisdicción en la consideración de todos los asuntos y medidas legislativas relacionadas a la formulación de política pública y al ámbito de la educación y capacitación, el empleo, la autogestión, el desarrollo económico, la vivienda y la salud, entre otros, así como sobre la situación de discrimen, opresión o marginación de las personas que tienen impedimento físico, cognitivo, mental o sensorial que limita sustancialmente una o más actividades esenciales de su vida; o son consideradas que tienen un impedimento físico, mental o sensorial, conforme a las disposiciones de la Ley 238-2004, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos”; o que posean un impedimento mental, cognitivo, sensorial, físico, o cualquier otro impedimento cubierto por la Ley Pública Federal Núm. 106-402, según enmendada, conocida como Developmental Disabilities Assistance and Bill of Rights of 2000, la Ley Pública Federal Núm. 93-112, según enmendada, conocida como Rehabilitation Act of 1973, o cualquier otra regulación federal o estatal creada en el futuro mediante ley federal o estatal, en aras de procurar una plena participación de esta población en todas las esferas de la vida social, política, económica, gubernamental y cultural; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Autonomía Municipal, Descentralización y Regionalización

La Comisión de Autonomía Municipal, Descentralización y Regionalización tendrá jurisdicción primaria para intervenir en el desarrollo de la política gubernamental sobre la institución del municipio, primer contacto entre el individuo y el Gobierno; el Código Municipal, con los servicios que presta la Oficina de Gerencia Municipal adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) y otras instrumentalidades relacionadas que prestan servicios a los municipios; el financiamiento de los servicios y la obra pública municipal; la definición y protección de los derechos de los empleados públicos municipales; la interrelación operacional, entre el Gobierno Municipal y las agencias gubernamentales y entre los propios gobiernos municipales, incluyendo los asuntos relacionados a los consorcios y el fomento y desarrollo de la mayor autonomía municipal para la atención pronta de los problemas que afectan a los municipios. De igual forma, esta Comisión tendrá la responsabilidad de atender todos los asuntos relacionados a facilitar mediante legislación e investigación los procesos de descentralización y regionalización de servicios gubernamentales, fundamentado en el principio de alcanzar una mayor autonomía municipal y una mejor calidad de servicios a la ciudadanía.
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Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno

La Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno tendrá jurisdicción sobre todo asunto o legislación relacionada con las condiciones de trabajo, horas y salarios, las relaciones obrero-patronales; el adiestramiento y readiestramiento de trabajadores; los servicios y orientación laboral; la capacitación sindical; el desempleo y la seguridad de empleo en general; la prevención y compensación por accidentes del trabajo y la rehabilitación por motivos de accidentes del trabajo; los trabajadores migrantes; las leyes especiales incluyendo las que prohíben todo tipo de discrimen en el empleo, y el trabajo en general. La Comisión también tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la legislación y estudios concernientes a la operación de los sistemas gubernamentales de retiro y al bienestar de sus beneficiarios; la legislación necesaria y conveniente para mejorar la administración de esos sistemas, darle vitalidad, fortalecer y preservar su solvencia económica, así como todo aquello relacionado con los beneficios que éstos ofrecen, con sus participantes y sus pensionados; las propuestas concernientes al retiro de los empleados públicos que hagan la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa, los propios sistemas y sus participantes en forma grupal o individual; así como participar en la fiscalización del funcionamiento y la solvencia de los fondos de retiro del sector público; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión Asuntos de la Mujer

La Comisión de Asuntos de la Mujer tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con atender el desarrollo pleno de la mujer en la sociedad, mediante el fomento de las oportunidades para que las mujeres tengan acceso a los procesos de formación y capacitación personal, ocupacional y profesional; enaltecer la posición de la mujer en la sociedad, al impulsar esfuerzos dirigidos a la transformación y mejoramiento de las condiciones de vida de las mujeres en las comunidades; alcanzar una verdadera igualdad, al impulsar, divulgar y ejecutar una política pública de verdadera equidad de género; los derechos legales y constitucionales de la mujer y su situación o estado en la sociedad en los aspectos jurídicos, económicos, políticos y sociales; el discrimen contra la mujer o posible violación de sus derechos legales y constitucionales; feminicidios; las necesidades de las madres solteras y sus familias, de las jóvenes que por razones de violencia, embarazos prematuros o circunstancias económicas, entre otras, optan por abandonar sus estudios, de las mujeres que por maltrato o divorcio requieren de un techo seguro, de las profesionales que requieren apoyo gubernamental para el cuido de sus hijos e hijas y acceso a oportunidades de empleo y actividades empresariales y de las que requieren acceso adecuado a servicios de salud sexual y reproductiva, prenatales, de parto y post-parto, entre otras; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Asuntos de la Juventud

La Comisión de Asuntos de la Juventud tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la política pública que viabilice la entrada del joven a los mercados de empleo; adiestramiento vocacional; la atención preferente a la búsqueda de soluciones a los problemas de la juventud en sus distintas facetas; instituciones públicas y privadas para el tratamiento social de menores; adiestramiento, empleo y rehabilitación vocacional de menores del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; la División de Asuntos Juveniles de la Policía; el Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; programas culturales para jóvenes promovidos por el Instituto de Cultura Puertorriqueña; instituciones gubernamentales y privadas que entiendan con las necesidades e inquietudes de la juventud; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión Anti-corrupción e Integridad Pública

La Comisión Anti-Corrupción e Integridad Pública tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el estudio y diseño de las estructuras gubernamentales y los controles internos que eliminen vacíos legales que promuevan actos de corrupción en el servicio público; la elaboración y estudio de medidas que fomenten la integridad en el Gobierno y los principios éticos en el ejercicio del cargo público; la elaboración de un plan anti-corrupción que devuelva la confianza de nuestro sistema de gobierno; las penas y las acusaciones sobre los funcionarios que le fallan al pueblo; evaluación de la política pública de delitos de corrupción y acciones contrarias a la ética; evaluación de riesgos de corrupción en el Gobierno; los planes, funciones, organización y prestación de los servicios ordenados por ley al Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI), la Oficina del Contralor de Puerto Rico, la Oficina de Ética Gubernamental y la Oficina del Inspector General; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate

La Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate escogerá las medidas a ser incluidas en todo Calendario de Órdenes Especiales del Día. De igual manera, establecerá las reglas especiales para gobernar cualquier debate, que tendrán vigencia en el momento en que se dé cuenta con el informe de la Comisión correspondiente sobre esas reglas especiales, quedando sin efecto en ese acto las disposiciones reglamentarias vigentes respecto a los debates. Esta Comisión no tendrá miembros ex oficio.
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Comisión de Asuntos Internos

La Comisión de Asuntos Internos tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con estudios sobre la estructura, procedimientos, administración y funcionamiento de la Cámara de Representantes; las medidas sobre las relaciones de la Cámara de Representantes con el Senado de Puerto Rico y con las otras ramas de gobierno, como todas aquellas relacionadas con esfuerzos dirigidos a reformar la Rama Legislativa; la consideración de resoluciones remitidas por el Presidente o la Presidenta de la Cámara de Representantes para realizar investigaciones, crear comisiones especiales, y hacer expresiones oficiales de la Cámara de Representantes; asesoramiento en general al Presidente o a la Presidenta y a la Cámara de Representantes sobre asuntos de administración; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión para el Estudio y Evaluación del Derecho Constitucional Puertorriqueño y de Propuestas de Enmiendas a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y Asuntos Electorales

La Comisión para el Estudio y Evaluación del Derecho Constitucional Puertorriqueño y de Propuestas de Enmiendas a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y Asuntos Electorales tendrá jurisdicción para estudiar, informar y proponer cambios sobre todo asunto relacionado con el Derecho Constitucional Puertorriqueño; sobre toda propuesta legislativa de enmiendas a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; trabajara la legislación referente a cualquier tipo de consulta al Pueblo, excepto el tema de estatus, incluyendo toda aquella que proponga enmiendas a la Constitución; sobre toda actual y potencial legislación electoral; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Educación, Arte y Cultura

La Comisión de Educación, Arte y Cultura tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con las medidas dirigidas a la orientación, objetivos y métodos del sistema público de enseñanza; la reglamentación, supervisión y acreditación de los servicios educativos de escuelas e instituciones privadas; la educación, orientación y rehabilitación vocacional; la difusión de la educación y la cultura; los servicios, becas y ayudas a estudiantes; la reglamentación, acreditación y creación de condiciones que inspiren y mejoren al maestro y el desarrollo de servicios complementarios a la instrucción para su mayor efectividad; la dirección, administración, investigación y enseñanza universitaria incluyendo facilidades y equipo; y las organizaciones sin fines de lucro, incluyendo las que manejan el conocimiento tales como las universidades, instituciones que viabilizan las contribuciones del sector privado. La consideración de todos los asuntos y medidas legislativas relacionadas a los programas educativos y servicios para la población de educación especial y con diversidad funcional. Velará por la implantación de la política pública que garantice la prestación de servicios, educación especializada, terapias, rehabilitación vocacional y todo esfuerzo para que esta población pueda encaminarse a una vida independiente. La Comisión además tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la conservación y fomento de los valores culturales, las artes y las ciencias; el Instituto de Cultura Puertorriqueña y la difusión de la cultura y la preservación de lugares y áreas históricas; la Oficina Estatal de Conservación Histórica; el Centro de Bellas Artes Luis A. Ferré, el Conservatorio de Música de Puerto Rico, la Escuela de Artes Plásticas, el Museo de Arte de Puerto Rico y el Museo de Arte Contemporáneo y las bellas artes; la promoción de la industria cinematográfica y audiovisual como referente artístico y cultural; la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) y la Corporación para el Desarrollo de las Artes, Ciencias e Industria Cinematográfica de Puerto Rico, como entidades promotoras de las artes y la cultura; el intercambio artístico y cultural entre Puerto Rico y el resto de los Estados Unidos y el mundo; el arte público y eventos y actividades artísticas y culturales; el Archivo General de Puerto Rico como referente cultural; todo otro asunto relacionado al arte y la cultura en general; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Publico Privadas y Energía

La Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía, tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con las prioridades económicas afín con el desarrollo económico; la planificación; las telecomunicaciones; el intercambio y competencia comercial local, interestatal o con otras jurisdicciones fuera de los Estados Unidos; el monopolio en sus diversas manifestaciones; la economía del conocimiento; los proyectos estratégicos de infraestructura que propendan al desarrollo económico, estén en su fase de planificación o construcción; aquellos asuntos y situaciones de la industria, el comercio, las telecomunicaciones y la economía en general; la interacción de propósitos, recursos y esfuerzos de las agencias gubernamentales o entre el sector público y privado relacionados al desarrollo económico; revisará y analizará todo acuerdo contractual a largo plazo entre una Entidad Gubernamental y una entidad no gubernamental que esté sujeta a la política pública establecida en la “Ley para las Alianzas Público Privadas”; estudios e investigaciones relacionados con la promoción del desarrollo económico, el comercio, la industria, las telecomunicaciones; las propuestas y formulación de la política energética de la Isla, especialmente aquella dirigida a la reducción de la dependencia en los combustibles de fuentes fósiles y el fomento en la creación y uso de combustible orgánico, el uso de tecnología de fuentes renovables, la autosuficiencia energética; todo asunto concerniente a la Autoridad de Energía Eléctrica, que incluya, sin que se entienda como una limitación, los contratos, infraestructura, operación, capacidad de generación, productividad, desempeño, costos, creación de empleos y reducción de tarifas; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano

La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la formulación y adopción de medidas dirigidas a viabilizar la política pública que propenda las condiciones de salubridad y de convivencia en un ambiente enriquecedor a la vida de los residentes de nuestras comunidades; la planificación y uso adecuado de los terrenos en el desarrollo y construcción de la vivienda, la infraestructura relacionada a ésta y las facilidades vecinales; promover mejores condiciones y alternativas para el desarrollo de la vivienda rural y urbana; la propiedad horizontal; el Código de Construcción; promoción de alternativas para el mejoramiento de la calidad de vida para las comunidades más marginadas, como también las urbanizaciones públicas y privadas; las invasiones de terreno; los programas federales y estatales con respecto a la vivienda; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Salud

La Comisión de Salud tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y la conservación de la salud; los servicios médico-hospitalarios y ambulatorios; las investigaciones y las estadísticas vitales; las facilidades físicas, médicas y paramédicas y el equipo; la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general en los sistemas de salud, tales como el plan de salud del gobierno; la salud mental; la reglamentación y supervisión de la fabricación, distribución y venta de productos médicos; los profesionales de la salud; los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción; la salud en general; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Gobierno

La Comisión de Gobierno tendrá jurisdicción sobre todo asunto dirigido a la creación, modificación, desempeño, división, consolidación, integración y supresión de agencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; legislación que afecte a la Oficina propia del Gobernador y las oficinas, departamentos y agencias gubernamentales, excepto por la de carácter contributivo o por las que específicamente se ha designado en esta Resolución a otras comisiones; proceso de residencia; legislación relacionada a las leyes de personal y gobierno en general; la evaluación y recomendación de la confirmación o rechazo de los funcionarios que por mandato requieran confirmación de la Cámara de Representantes; mejorar la gestión de la digitalización del gobierno en la administración pública; alcanzar un nivel óptimo de eficiencia mediante la maximización de las tecnologías de información y comunicación; facilitar el intercambio de información entre las entidades gubernamentales y la ciudadanía; promover el acceso a la información en el Gobierno;  legislación de carácter general que incida sobre el gobierno estatal no asignada a otras Comisiones; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Hacienda y Presupuesto

La Comisión de Hacienda y Presupuesto, tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la situación fiscal del Gobierno de Puerto Rico, las recaudaciones del Fondo General y las de los fondos especiales, el estimado de las recaudaciones e ingresos probables y el financiamiento mediante la contratación de empréstitos; con los estimados de ingresos y de las inversiones y desembolsos de las corporaciones públicas de legislación que liberalice o imponga contribuciones de cualquier tipo; con la deuda pública del Estado Libre Asociado y de las corporaciones públicas, así como las condiciones de pago para los empréstitos cuya contratación se recomienda; con la recaudación, rentas, custodia, depósito y contabilidad de los fondos públicos; con la preintervención y el uso de los fondos públicos de acuerdo a los fines para los que se autorizaron; con el estudio y la evaluación del Presupuesto General; con las peticiones presupuestarias recomendadas por el Gobernador para los departamentos, corporaciones públicas, agencias y demás instrumentalidades públicas, tomando en consideración todos los ingresos y recursos del Estado, como los de la entidad evaluada, incluyendo fondos federales, fondos especiales y donaciones, así como cualquier otro ingreso; con todas las agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas que están bajo la jurisdicción del Departamento de Hacienda. Además, será responsable por toda medida de asignación de fondos y por las asignaciones incluidas en cualquier medida legislativa. También tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con la situación fiscal del Gobierno de Puerto Rico. Tal como dispone el Artículo IV, Sección 4 de la Constitución de Puerto Rico, lo cual establece que al comienzo de cada sesión ordinaria, el Gobernador de Puerto Rico ofrecerá un mensaje sobre la situación del Estado y someterá además un informe sobre las condiciones del Tesoro de Puerto Rico y los desembolsos propuestos para el año económico siguiente; sobre la evaluación y validación del Plan Fiscal propuesto por el Gobernador de Puerto Rico, así como cualquier documento que acompañe el mismo, tales como proyecciones de ingresos, estimados de gastos, entre otros, con el fin de garantizar que estén alineados con la situación fiscal del país. En esta encomienda, la Comisión de Hacienda y Presupuesto, establecerá acuerdos colaborativos con los gremios, colegios, organizaciones o entidades con pleno conocimiento e inherencia en el tema; presentará y aprobará el Presupuesto de Gastos a la Asamblea Legislativa; velará por el cumplimiento de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, la cual ordena al Gobernador, someter a la Asamblea Legislativa el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento y Mejoras Permanentes del Gobierno de Puerto Rico, sus instrumentalidades y corporaciones públicas con cargo a las diferentes fuentes de recursos por parte de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) que represente un compromiso económico en el presupuesto general del Gobierno de Puerto Rico; aprobará asignaciones a entidades e instituciones semipúblicas, públicas y privadas cuyas actividades o servicios propendan al desarrollo de programas y bienestar social, de la salud, educación, cultura y a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños; evaluará contratos, normas y reglamentos que sean incongruente con la realidad fiscal del país; verificará el cumplimiento de todas las agencias, instrumentalidades con el manejo del presupuesto asignado y los programas y servicios relacionados; revisará y fiscalizará todo proceso de reestructuración de cualquier tipo de deuda pública de departamentos, corporaciones públicas, agencias y demás instrumentalidades públicas; sentará las bases para defender la justa asignación presupuestarias a los servicios esenciales, derechos laborales, retiro digno, municipios y creación de empleo ante cualquier ente que afrente en contra del bienestar del pueblo puertorriqueño; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o su Presidente.
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Comisión de Agricultura

La Comisión de Agricultura, tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con las medidas legislativas propuestas y reformas integrales que atiendan las necesidades y propendan al mejor desarrollo de la industria agrícola de Puerto Rico, con el propósito de definir, implantar, administrar, supervisar y establecer la política pública; la reglamentación, supervisión e inspección de actividades y productos agrícolas; la mecanización agrícola; el mercadeo y distribución de productos agrícolas, capital y crédito agrícola; los servicios educativos en técnicas agrícolas para la mejor explotación económica de la agricultura, conservación, rescate y utilización de terrenos agrícolas; la experimentación e investigación agrícola; la agricultura en general; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de esta.
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Comisión de lo Jurídico

La Comisión de lo Jurídico tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el Sistema Judicial, incluyendo entes de naturaleza cuasi judicial de la Rama Ejecutiva, los jueces y tribunales, el ejercicio de la profesión de la abogacía, los servicios sociales en los tribunales, los servicios legales para el gobierno estatal, municipal y los ciudadanos indigentes y la profesión de la notaría; el Departamento de Justicia, el Procurador General de Puerto Rico, el Registro de la Propiedad y los registradores; los tribunales federales y estatales y las reclamaciones contra el Estado; el cuerpo legal que rige el sistema civil, tales como el Código Civil, las Reglas de Procedimiento Civil, la “Ley Hipotecaria” y su Reglamento, entre otros; el cuerpo legal que rige el sistema penal, tales como el Código Penal y las Reglas de Procedimiento Criminal; las Reglas de Evidencia; la Comisión de Derechos Civiles; la protección de los derechos civiles de los ciudadanos y las asignaciones de fondos y recursos para programas de acceso a la justicia; toda legislación relacionada con la prevención de los delitos y la rehabilitación de los ofensores; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas

La Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el diseño, investigación, programación, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva ya sea por aire, tierra o mar; la funcionabilidad y el desempeño del Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Autoridad de Transporte Integrado, la Autoridad de Carreteras y Transportación, la Autoridad Metropolitana de Autobuses, la Autoridad de Transporte Marítimo, la Autoridad de Puertos y la Comisión para la Seguridad en el Tránsito; las facilidades de estacionamiento y el tránsito por las vías públicas; la seguridad de esos sistemas y las servidumbres legales relacionadas a estas; los estudios de nuevos métodos de transporte; las obras públicas estatales y las servidumbres legales relacionadas a estas; las vías públicas en general; el fortalecimiento de la infraestructura mediante proyectos estratégicos de transportación terrestre en masa, ferroviaria, marítima y aérea; los aeropuertos, muelles, autopistas y carreteras; y sobre cualquier tipo de infraestructura de las agencias gubernamentales o corporaciones públicas; además de todo asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
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